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Entidades estatales deberán aplicar reducción de puntaje en contratos regidos por documentos tipo

22 de Febrero de 2022

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Por medio de la Circular Externa 01, del pasado 16 de febrero, la Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente) exhortó a las entidades estatales para que en los procedimientos de selección que se realicen utilizando los documentos tipo apliquen lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 2195 del 2022 (Ley de Transparencia y Lucha contra la Corrupción).

Así las cosas, las entidades estatales regidas por los documentos tipo, durante la evaluación de las ofertas, deberán reducir el 2 % del total de los puntos establecidos en el proceso a los proponentes que se les haya impuesto una o más multas o cláusulas penales durante el último año, contado a partir de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, sin importar la cuantía y sin perjuicio de las demás consecuencias derivadas del incumplimiento.

 

 

 

En este sentido, salvo en los procesos de contratación de mínima cuantía y en aquellos donde únicamente se pondere el menor precio ofrecido, las entidades deberán incorporar la disposición mencionada en el documento base de los documentos tipo, por ser una regla de orden público que es imperativa y de obligatorio cumplimiento

Lo anterior, precisó la entidad, aplica a los consorcios y uniones temporales si alguno de sus integrantes está en la situación descrita y a los procesos de selección en los que se apliquen documentos tipo. 

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