Proyecto de nuevo Código Electoral propone pagar a los jurados y ampliar jornada de votación
13 de Agosto de 2019
Ampliación en una hora de la jornada de votación, que iría de ocho de la mañana a cinco de la tarde, identificación biométrica en todos los puestos de votación del país, reducción a cinco en el número de jurados de votación y garantía de transporte gratuito para los electores son algunas de las reformas que plantea el proyecto de Código Electoral presentado en un foro de socialización de la iniciativa.
La propuesta, que próximamente será presentada al Congreso de la República, es fruto de un trabajo interinstitucional adelantado por la Registraduría Nacional (RNEC), la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior, así como por expertos y asesores de varios partidos y movimientos políticos, y con la especial colaboración de la Procuraduría General de la Nación.
El texto también propone la creación de un sistema de información de antecedentes para cargos de elección popular (SIACEP), el montaje de plataformas tecnológicas de inscripción de candidaturas y selección de jurados de votación, así como la creación del sistema integral de testigos electorales (SITE), como herramienta para su designación y asignación a las mesas de votación, que además les permitirá enviar información en tiempo real sobre la jornada y escrutinios a sus partidos políticos.
Con este proyecto de ley se pretende modernizar el Código Electoral actualmente vigente (Decreto 2241 de 1986), muchas de cuyas normas se encuentran obsoletas e inconstitucionales, explicó el registrador, Juan Carlos Galindo.
Estas son las principales propuestas que integran el proyecto, que consta de 191 artículos:
- Hora unificada de cierre electoral (5:00 p. m.).
- Plataforma tecnológica de inscripción de candidaturas.
- Incentivos y estímulos económicos a partidos y movimientos políticos para la realización de consultas internas y para la conformación de registros de afiliados.
- Fijación de los puestos de votación seis meses antes de cada elección bajo el criterio de facilitar el derecho al voto de los colombianos por la Registraduría.
- Regulación de las funciones de los jurados de votación que antes no estaban previstas expresamente.
- Inclusión de sanciones diferenciales para jurados, por inasistencia a la jornada electoral, inasistencia a capacitación, etc.
- Disminución de 6 a 5 el número de los jurados de votación.
- Inclusión del pago de dos días de salario mínimo legal vigente a los jurados de votación que realicen sus labores el día de las votaciones, uno a jurados remanentes, además de los otros beneficios que ya reglamentaban las leyes.
- La georreferenciación de los puestos de votación para ayudar en su ubicación por plataformas de localización.
- La incorporación como obligatoria de la biometría en todos los puestos de votación.
- Transporte público gratuito para los votantes. El Gobierno tendría que reglamentar este punto.
- Los candidatos y campañas pueden ofrecer transporte para los votantes, y con obligaciones de reportar este servicio al CNE y al alcalde municipal.
- La incorporación del sistema denominado Plan de Auditoría Informática Electoral (Paine) con participación de auditores de partidos y de la Procuraduría General de la Nación.
- Inclusión del preconteo o sistema de conteo preliminar como mecanismo de trasparencia electoral.
- Creación del sistema digital de soporte a las comisiones escrutadoras con todas las garantías de funcionalidad y seguridad.
- Incorporación de un sistema de custodia, gestión y divulgación de los documentos electorales, en condiciones de seguridad y de libre acceso.
- Inclusión de la plataforma de información y capacitación electoral, denominada Sistema Integral de Capacitación Electoral - SICE, que permitirá la coordinación de las autoridades que participan en el proceso electoral para facilitar el diseño de contenidos y mecanismos de información y de capacitación para todos los actores del proceso.
- Inclusión de disposiciones para la promoción y fortalecimiento de la democracia colombiana, como programas de valores cívicos y democráticos y campañas para mejorar la participación ciudadana en las elecciones.
- La sistematización y publicación de todos los resultados de las elecciones y estadísticas electorales en la página web de la RNEC.
- Claridad sobre la naturaleza de libre nombramiento y remoción de los cargos directivos de las Registraduría, teniendo en cuenta que, por sentencia de la Corte Constitucional, quedaron cobijados como de carrera administrativa.
- Dada la menguada planta de personal, deficitaria desde hace muchos años -que incluso significa que hay municipios con solo el registrador municipal-, se incluyó un aumento y adición de la planta de personal de la RNEC.
- Se reitera la autonomía administrativa y financiera del Consejo Nacional Electoral y se le dota de una presencia nacional, con sedes en las capitales de departamento.
Registraduría, Comunicado, Ago. 13/19.
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