Decreto y reconocimiento de vacaciones al personero es del concejo municipal (8:11 a.m)
56723
25 de Agosto de 2017
Escucha esta noticia audio generado con IA
La facultad de decretar y reconocer las vacaciones al personero es del concejo municipal y, por ende, corresponde a esta corporación proceder a la reliquidación y reconocimiento, en caso de ser procedente, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública. En este caso, es necesario tener en cuenta que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 1045 de 1978, por el cual se fijan las reglas generales para la aplicación de normas sobre prestaciones sociales de los servidores públicos, la prescripción del derecho a disfrutar o recibir la compensación de vacaciones en dinero es de cuatro años.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!