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Decreto y reconocimiento de vacaciones al personero es del concejo municipal (8:11 a.m)

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25 de Agosto de 2017

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La facultad de decretar y reconocer las vacaciones al personero es del concejo municipal y, por ende, corresponde a esta corporación proceder a la reliquidación y reconocimiento, en caso de ser procedente, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública. En este caso, es necesario tener en cuenta que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 1045 de 1978, por el cual se fijan las reglas generales para la aplicación de normas sobre prestaciones sociales de los servidores públicos, la prescripción del derecho a disfrutar o recibir la compensación de vacaciones en dinero es de cuatro años.

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