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Declaran nulidad del decreto sobre aranceles a textiles

24 de Diciembre de 2021

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Nota:
137123

Por medio de la acción contemplada en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA (Ley 1437 del 2011), la ANDI solicitó la nulidad del Decreto 1419 del 2019, sobre aranceles a textiles, al considerar que se vulneraron normas de rango constitucional.

 

El concepto de violación se desarrolla en estos tres escenarios:

 

  1. Falsa motivación: el Gobierno Nacional reconoce que el arancel previsto en la ley y el decreto es inconveniente e inconstitucional.
     
  2. Falsa motivación y falta de competencia: uso indebido de la potestad reglamentaria.
     
  3. Infracción de las normas superiores: el decreto desconoció los objetivos previstos por la Ley Marco de Aduanas.
     

Para la Sección Cuarta, si bien la Constitución otorgó al Ejecutivo una facultad de reglamentación ampliada para definir los aranceles, en el numeral 25 del artículo 189, no la ejerció para determinar el arancel aplicable a los productos de los capítulos 61 y 62 (podía incluso derogar la ley ordinaria), sino que se limitó a reiterar el arancel fijado de forma inconstitucional por el legislador. En consecuencia, los artículos 1, 2 y 3 del Decreto 1419 del 2019 son nulos porque fueron proferidos con base en una norma diferente a la que regula la competencia del Gobierno sobre la materia.

 

Ahora, ante la nulidad de estas tres normas, los artículos 4 y 5 también son nulos porque carecen de sustantividad propia, pues solo regulan los casos de exoneración y la vigencia de la norma, referidos en un todo al arancel fijado. Por estas razones se declara la nulidad total del Decreto 1419 del 2019. (M. P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello).

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