Declaran daño antijurídico por pérdida de vehículo incautado
15 de Julio de 2022
Declararon la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación por incumplir las obligaciones relacionadas con el manejo, registro y control de los bienes dejados a su disposición, que se derivan de la Resolución 2026 de 1996.
En el caso concreto se demostró que miembros de la Policía Nacional (área de delitos contra el patrimonio económico) incautaron un carro por estar posiblemente vinculado con un hurto. Dicho vehículo fue puesto a disposición de la Fiscalía, pero mientras se encontraba depositado en un parqueadero de Cundinamarca fue entregado a un tercero.
La Sección Tercera del Consejo de Estado explicó que el bien en cuestión fue sustraído del parqueadero mediante maniobras fraudulentas por parte de un tercero, pero lo cierto es que la Fiscalía incumplió sus deberes de custodia sobre lo incautado, porque no efectuó el trámite establecido en la Resolución 2026 de 1996, en cuanto a su manejo, registro y control, lo que demuestra la existencia de una falla del servicio que fue determinante en la pérdida del automotor.
Por lo expuesto, el daño alegado le resulta imputable a la Fiscalía porque la omisión en el cumplimiento de sus deberes de custodia fue determinante en su pérdida (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
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