Declaración de unión marital de hecho puede realizarse en cualquier momento y no es necesario presentar los registros de nacimiento (5:01 p.m.)
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20 de Diciembre de 2010
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La escritura pública ante notario de declaración de unión marital de hecho se puede efectuar en cualquier momento, pues los requisitos exigidos para la pareja de hacer vida en común por un tiempo no inferior a dos años y no tener impedimento legal para contraer matrimonio son para efectos de la existencia de la unión patrimonial de hecho. Así lo acaba de precisar la Superintendencia de Notariado y Registro, al advertir que la no presentación de los registros civiles de nacimiento para la protocolización de la respectiva escritura no la vicia de nulidad, ya que los notarios no pueden requerir más documentos de los señalados en la ley (esta no exige tales registros) ni abstenerse de prestar el servicio notarial.
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