13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Corte analizará constitucionalidad de autorización de vigencias futuras

21 de Julio de 2022

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Conozca la decisión que suspendió provisionalmente el POT de Bogotá y las críticas de la alcaldía (AlcaldíaBogotá)

La Sala Plena de la Corte Constitucional analizará el expediente D-14444, por medio del cual varios concejales de Bogotá solicitan la inexequibilidad de los artículos 6 y 14 de la Ley 2116 del 2021, normas que modificaron el Estatuto Orgánico de Bogotá en relación con dos aspectos:

i. La delimitación de las localidades será la que sea definida mediante el acto administrativo que adopte el plan de ordenamiento territorial. Los efectos de esta nueva delimitación entrarán en vigencia a partir del 1º de enero del 2028.

 

ii. La potestad del Confis Distrital de autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión.

 

Sobre la demanda

 

De acuerdo con los demandantes, el nuevo régimen especial que el legislador le otorgó al Distrito Capital en materia de aprobación de vigencias futuras a través de la norma es mucho menos riguroso que el régimen general establecido en la Ley 819 del 2003, y a pesar de que la cuantía de recursos públicos que maneja el Distrito es mayor en relación con otros municipios del país, este nuevo procedimiento es injustificadamente flexible y manipulable por el mandatario de turno, dejando por fuera de su regulación aspectos de crucial importancia como los condicionamientos que sí establece la Ley 819 del 2003.

 

Los actores indican que el Confis Distrital podría autorizar vigencias futuras para financiar proyectos no consignados en el plan de desarrollo, con lo cual se estaría vulnerando el artículo 259 de la Constitución Política, entre otros. (Demandantes: Emel Rojas, Dora Bastidas, Andrés Forero, Carlos Carrillo, y Heidy Sánchez)

 

Concepto de la Procuraduría General de la Nación

 

A través del Concepto 7043, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte que declare la exequibilidad de las normas acusadas, pues a su parecer no trasgrede las competencias constitucionales del Concejo Distrital, ni anula la participación de la ciudadanía en los temas presupuestales y contractuales de Bogotá.

 

Adicionalmente, recuerda que el Concejo Distrital continuó con la función de autorizar las vigencias futuras excepcionales, pues al no estar reguladas expresamente dentro del Estatuto de Bogotá le resulta aplicable lo dispuesto para los municipios.

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