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Coronavirus (covid-19), Viabilizan giro previo de servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC

21 de Mayo de 2021

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Nota:
125351
El Ministerio de Salud acaba de modificar el artículo 3 del Decreto 1333 del 2019, en cuanto al giro previo de servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la unidad de pago por capacitación (UPC). La entidad explica que con ocasión de la emergencia sanitaria ocasionada por el covid-19 se requiere anticipar recursos por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con la UPC sobre cuentas radicadas por las EPS ante la Adres, garantizando que dichos recursos lleguen directamente a los prestadores y proveedores para que atiendan sus obligaciones. Los servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC prestados al 31 de diciembre del 2019, que con corte al 28 de febrero del 2021 hayan sido radicados por los diferentes mecanismos, no cuenten con el resultado de auditoría integral a la fecha de aplicación de la medida adoptada y que correspondan a una EPS que actualmente opere el aseguramiento en salud tendrán un giro previo equivalente al 60 % del valor radicado. Para conocer más detalles puede consultar la norma en el archivo adjunto a esta nota. Las EPS que hayan recibido giro previo en 2018 y 2019 podrán participar de la medida adoptada una vez hayan legalizado en su totalidad el giro realizado en dichas vigencias.Noticia generada en May. 21/21Información relacionada:Regulan cuantía presupuestal máxima para el pago del giro por servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC (Mar. 31/20)

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