Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Contratos de arrendamiento suscritos por entidades públicas se rigen por la Ley 80 de 1993 (3:00 p.m.)

89364

20 de Junio de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Al ser las entidades públicas personas jurídicas, pueden ser titulares de derechos y, a su vez, constituirse en sujetos pasivos de obligaciones contractuales. Así las cosas, podrán suscribir válidamente contratos de arrendamiento, en los términos del artículo 13 de la Ley 80 de 1993, según el cual los contratos se regirán por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en lo particularmente regulado en el Estatuto General de Contratación Pública, indicó la Contraloría General de la República. En cuanto a las prórrogas, la entidad pública deberá informar sobre su decisión con la antelación necesaria y realizar las gestiones pertinentes para que la prestación del servicio no se vea afectada por traslado de sede.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)