Contraloría General deroga reglamento para ejercer control fiscal excepcional sobre entes territoriales (4:11 p.m.)
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09 de Marzo de 2012
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A partir de la fecha, los únicos criterios que tendrá en cuenta la Contraloría General de la República (CGR) para ejercer control fiscal posterior excepcional frente a cualquier entidad territorial son los previstos en la ley y la jurisprudencia, dispuso ese organismo, al derogar la Resolución 6069 del 2009. “La intervención de la CGR, en estos casos, no desconoce la autonomía territorial, ya que es proporcional al fin perseguido por la ley y por la propia Constitución, como es proteger la idoneidad de la función de control fiscal, para salvaguardar de esa manera los recursos públicos (…) Ese control excepcional se justifica por cuanto, como ya se señaló, se trata de eventos en que puede dudarse de la imparcialidad del órgano territorial de control, debido a presiones o injerencias locales que puedan afectar su idoneidad”, señala un fallo de la Corte Constitucional.
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