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Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Consejo de Estado anuló destitución de diputada del Valle en su condición de concejal de Palmira

12 de Octubre de 2021

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La Sección Segunda del Consejo de Estado declaró la nulidad de la destitución e inhabilidad por el término de 10 años que la Procuraduría le impuso a la actual diputada del Valle Luz Dey Martínez Martínez en su condición de concejal de Palmira (Valle). La decisión deja sin efectos el fallo disciplinario en mención y obliga a que a la dirigente política se le cancelen todos los dineros que dejó de percibir desde el momento de su destitución hasta el cumplimiento de su periodo constitucional como cabildante municipal.

Contra el acto de destitución e inhabilidad, que se dio en el año 2004, la exconcejal interpuso una demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, para dejar sin efectos la medida, lograr la restitución en su curul y el pago de los salarios dejados de percibir. A su juicio, a los concejales no podía imputárseles la inhabilidad que se le endilgó al personero por haber sido cabildante del municipio durante el año previo a su elección como representante del Ministerio Público.

Agregó, el ser concejal no implica ejercer como autoridad en entidad central o descentralizada en el mismo municipio, que fue la prohibición que, según este proceso disciplinario, desconoció el personero elegido con la participación de la excabildante.

El alto tribunal declaró la nulidad de la sanción impuesta y manifestó que, en efecto, el concejo no hace parte de la administración central o descentralizada del municipio. Por eso, la inhabilidad para ser personero cuando se ha ejercido como concejal durante el año previo no se asimila a una situación como la descrita. Así las cosas, al no existir vulneración de ninguna prohibición en torno a los requisitos de elegibilidad del personero no puede considerarse que la cabildante sancionada incurrió en falta disciplinaria alguna al haber participado en la elección del representante del Ministerio Público.

No se ordenó el reintegró en el cargo, debido a que fue elegida para el periodo 2004 – 2007, pero sí se ordenó pagarle las sumas que dejó de percibir por el ejercicio en ese cargo desde que empezó a ejecutarse la sanción hasta la finalización de su periodo constitucional como concejal (M. P. César Palomino Cortés).

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