Conozca los elementos para identificar un contrato de concesión de obra pública (10:50 a.m.)
28 de Septiembre de 2016
Reproducir
Nota:
123345
El Consejo de Estado precisó que el contrato de concesión de obra pública constituye una herramienta de gestión que puede ser utilizada por las entidades estatales cuando consideren que es la forma más idónea de lograr la colaboración de particulares en el emprendimiento de grandes empresas. Además, cuando crean que este negocio es el mecanismo apto para garantizar la correcta prestación de un servicio público, la construcción y mantenimiento de una obra pública o la explotación de un bien de uso público si el Estado no cuenta con la inmediata disposición de recursos necesarios para realizarlos de manera directa y exclusiva. La corporación indicó los elementos para identificar la naturaleza jurídica o la función económico-social de este contrato así: 1. se estructura como un negocio financiero, en el cual el concesionario ejecuta el objeto contractual por su cuenta y riesgo; 2. el cumplimiento del objeto contractual debe llevarse por el concesionario bajo la continua y especial vigilancia y control ejercidos por la entidad concedente; 3. el concesionario recuperará la inversión realizada y obtendrá la ganancia esperada con los ingresos que produzca la obra, conforme el artículo 32-4 de la Ley 80 de 1993, y 4. los bienes construidos durante la concesión deben revertirse al Estado, aunque ello no se pacte expresamente en el contrato (C.P. Danilo Rojas Betancourth).
Opina, Comenta