Conforman Comité de medidas especiales en la Superintendencia de Salud
27 de Septiembre de 2021
Como consecuencia de la modificación de la estructura interna de la Superintendencia de Salud adoptada mediante el Decreto 1080 del 2021, el Ejecutivo creó el Comité de medidas especiales de la entidad, definiendo su composición y funciones para la operación conforme la nueva estructura organizacional establecida.
El comité estará integrado por los siguientes miembros, quienes tendrán voz y voto:
- Superintendente delegado para entidades de aseguramiento en salud;
- Superintendente delegado para prestadores de servicios de salud;
- Superintendente delegado para entidades territoriales y generadores, recaudadores y administradores de recursos del sistema general de seguridad social en salud;
- Superintendente delegado para operadores logísticos de tecnologías en salud y gestores farmacéuticos;
- Director de innovación y desarrollo;
- Director jurídico;
- Jefe de la oficina de liquidaciones.
El titular de la superintendencia participará en la instancia con voz y sin voto. Para sesionar siempre se requerirá su participación.
El comité recomendará al Superintendente sobre los siguientes temas:
- Las políticas, directrices, estrategias, guías, instructivos y procedimientos para los procesos de medidas especiales.
- La viabilidad de ordenar las medidas contenidas en los artículos 113 a 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sobre los sujetos vigilados, y demás normas pertinentes.
- Los acuerdos de reestructuración.
- La designación o remoción de promotores, agentes especiales interventores, liquidadores o contralores de las entidades vigiladas sujetas a acciones y medidas especiales.
Los demás asuntos relativos a la toma de posesión para administrar o liquidar y otras acciones y medidas especiales que, por su importancia, alta complejidad o por su impacto, sean sometidos a su consideración.
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