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Condenan a la Rama Judicial por accidente ocasionado por vehículo secuestrado en un proceso ejecutivo

La movilización no se encontraba autorizada porque el bien estaba sometido a órdenes de un despacho judicial.
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Radican ponencia al proyecto que reglamenta la licencia de conducción digital (Rawpixel)

11 de Enero de 2024

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El Consejo de Estado declaró patrimonial y extracontractualmente responsable a la Rama Judicial por las lesiones sufridas por un ciudadano en el accidente de tránsito en el que se vio involucrado un vehículo cobijado por medida cautelar impuesta en un proceso ejecutivo y en custodia de un auxiliar de la justicia.

Como perjuicios morales deberá pagar más de 100 salarios mínimos mensuales (SMLMV); por daño a la salud pagará 50 SMLMV y por lucro cesante consolidado y futuro, la suma equivalente a $ 261’539.411,75.

Aclaró que como la movilización no se encontraba autorizada la responsabilidad era de la Rama Judicial, porque el bien estaba sometido a una medida cautelar y a órdenes de un despacho judicial, quien designó para su custodia un auxiliar de la justicia que ejercía un oficio público que le imponía actuar con la debida diligencia y cuidado.

Tampoco se demostró que durante el periodo de vigencia de la medida de secuestro y la fecha del accidente de tránsito aquel hubiere reportado las labores de custodia y vigilancia que ejerció sobre el vehículo ni las medidas de conservación adecuadas (C. P.: Fredy Ibarra Martínez).

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