Competencia para establecer requisitos de entidades privadas que prestarán servicios de especies venales es de los organismos de tránsito y no del Gobierno (8:08 a.m.)
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25 de Junio de 2010
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Aunque la Superintendencia de Puertos y Transporte tiene la facultad de inspeccionar, vigilar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas que rigen el sistema de tránsito, de estas no se deriva la competencia para establecer los requisitos que deben cumplir las entidades privadas que prestarán servicios relacionados con las especies venales (certificados de movilización, licencias de tránsito, placas para automotores y formularios de informe policial de accidentes de tránsito, etc.), pues esa función les corresponde a los organismo de tránsito. Así lo advirtió recientemente esa superintendencia, al recordar que para delegar a privados la tramitación de especies venales, tales organismos deben suscribir un convenio que especifique las funciones administrativas que encomendará al particular, previa expedición de acto administrativo, convenio cuya celebración implica la elaboración de un pliego o términos de referencia, formular la convocatoria pública y pactar las cláusulas excepcionales previstas en la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación Pública).
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