Asesores e interventores también responden por hechos cumplidos en contratación estatal (2:50 p.m.)
91032
06 de Septiembre de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Frente a hechos cumplidos, tales como la celebración y suscripción de contratos estatales o adición a los mismos sin contar con el compromiso presupuestal correspondiente, además de la responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal del representante legal o del ordenador del gasto, el Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 2011) determinó expresamente la responsabilidad de asesores e interventores, señaló la Contraloría General de la República. En materia fiscal, cada caso particular debe ser examinado y para que proceda deben configurarse todos los elementos de la responsabilidad, es decir, daño patrimonial al Estado, conducta dolosa o culposa atribuible y nexo causal entre estos dos.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!