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Adquirente de un bien fiscal queda sujeto a las restricciones de uso que pesan sobre el bien (11:53 a.m.)

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02 de Febrero de 2010

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Quien adquiere un inmueble ubicado dentro de un sector declarado de interés cultural queda sujeto a las mismas restricciones de uso que pesan sobre el bien, teniendo en cuenta que aquellas no distinguen entre propiedad privada o pública, pues su fin es satisfacer el interés general que está representado en la protección del patrimonio cultural o arquitectónico de la ciudad, precisó el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. El procedimiento de enajenación de bienes fiscales está previsto en el Decreto 4444 del 2008, por el cual se reglamentó parcialmente el literal e) del numeral 2 de la Ley 1150 del 2007, sobre enajenación de bienes del Estado.

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