17 de Julio de 2024 /
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Admiten demanda contra norma que ordena no incrementar tarifas de peajes a cargo del Invías y la ANI

12 de Octubre de 2023

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La Sección Primera del Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad presentada por un grupo de ciudadanos en contra del Decreto 50 del 2023, por medio del cual se ordena no incrementar las tarifas de peajes a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) y de la Agencia Nacional de Infraestructura.

La Sala adecuó la demanda de nulidad por inconstitucionalidad al medio de control de nulidad dado que:

(i) No se evidencia que exista una atribución expresa constitucional para reglamentar la materia de este decreto.

(ii) El juicio de legalidad no se puede realizar solamente confrontando el decreto acusado con disposiciones constitucionales.

(iii) El acto demandado no es un decreto ley expedido en ejercicio de facultades extraordinarias y tampoco es un decreto legislativo que amerite su remisión a la Corte Constitucional.

(iv) No nos encontramos ante un reglamento constitucional autónomo o que hubiera sido expedido en ejercicio de atribuciones permanentes o propias derivadas directamente de la Carta Política.

Con base en lo anterior, la Sala encontró que el juicio de validez a efectuarse en el asunto no depende exclusivamente de la confrontación del acto acusado con las normas constitucionales invocadas por los accionantes, sino que ha de realizarse integrando en el análisis el contenido de las normas legales y reglamentarias relacionadas con el objeto de la controversia (C. P.: Nubia Margoth Peña Garzón).

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