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Texto del fallo que condicionó la exequibilidad de las normas que establecen competencias en el sector de telecomunicaciones (4:09 p.m.)

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21 de Febrero de 2011

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La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 4° y del numeral 18 del artículo 22 de la Ley 1341 del 2009, que establecen la facultad del Gobierno para reglamentar los fines de intervención en el sector de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones y la competencia de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) para resolver los recursos de apelación contra los actos que expida cualquier autoridad del sector de las telecomunicaciones. Según el alto tribunal, debe entenderse que ninguna de esas competencias se extiende al servicio público de televisión ni sobre los actos proferidos por la Comisión Nacional de Televisión (Cntv), toda vez que esta entidad goza de autonomía, reconocida constitucionalmente, y está excluida del control que sobre ella pueda ejercer el Ejecutivo. La corte aclaró que las decisiones que adopte la Cntv solo pueden estar sujetas al control fiscal, político, disciplinario y judicial de los órganos constitucionalmente establecidos para ejercerlos (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

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