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Supersociedades tendrá que vigilar entidades extranjeras sin ánimo de lucro

10 de Marzo de 2023

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El presidente Gustavo Petro, a través del Decreto 326 del pasado 8 de marzo, delegó al superintendente de sociedades sus funciones de inspección y vigilancia sobre las entidades de derecho privado sin ánimo de lucro con domicilio en el exterior, pero que tienen negocios permanentes en Colombia o desarrollan su objeto social en el país.  

 

La decisión se produce tras la petición que hizo el Consejo de Estado, desde su Sala de Consulta y Servicio Civil, para que el mandatario resolviera el vacío normativo que existe en torno al ejercicio de las funciones de control sobre las entidades extranjeras sin ánimo de lucro, como es el caso de organizaciones no gubernamentales (ONG), centros de estudios, asociaciones de médicos extranjeros, entre otras. 

 

El tribunal estimó que dicho vacío se puede eliminar a través de la figura de delegación, consagrada en la Constitución Política y otra serie de normas. “La Sala reitera la posición jurídica que ha asumido en casos similares, por lo que declarará competente al señor presidente de la República, en virtud de lo dispuesto en el numeral 26 del artículo 189 constitucional, en armonía con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913”, dice la providencia del Consejo de Estado. 

 

A su turno, el presidente aseguró que las funciones de vigilancia sobre estas entidades las puede asumir el superintendente de sociedades, ya que van de la mano con la que maneja actualmente frente a sociedades mercantiles y personas jurídicas. En el decreto se establece que la misión del funcionario será velar por que las rentas de estas organizaciones se conserven y sean debidamente aplicadas. (LEA: Autoridades de tránsito son competentes para instalar puestos de control en su jurisdicción) 

 

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