Administrativo
Soldados retirados que sufrieron lesiones durante el servicio pueden convocar a junta médica
01 de Noviembre de 2011
La ley prevé que los soldados vinculados al servicio pueden convocar a una junta médico laboral militar, cuando sufren un accidente común o de trabajo o una enfermedad.
Aunque estas normas no establecen que los soldados retirados también tengan esa facultad y puedan recibir atención médica, el Consejo de Estado recordó que sí cuentan con esa posibilidad.
El alto tribunal aclaró que si las lesiones se produjeron durante la prestación del servicio, es posible acudir a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional después del retiro de la institución, para reclamar la prestación de los servicios de prevención, protección y rehabilitación, así como la atención médica o quirúrgica o los servicios hospitalarios, odontológicos y farmacéuticos necesarios para la recuperación.
Esta situación excepcional se admite, cuando el retiro es consecuencia de lesiones o enfermedades que disminuyeron las capacidades físicas, mentales o sensoriales o cuando, siendo anteriores a la prestación del servicio, no se advirtieron al momento del ingreso y se agravaron durante el tiempo de incorporación a las Fuerzas Armadas.
El Consejo reiteró que esta obligación del Ejército busca satisfacer las necesidades básicas de salud de los soldados que padecieron lesiones mientras ejercían la actividad militar o con ocasión de ella.
(C. E., Secc. Segunda, Sent. 23001233100020050129001 (23442010), jul. 21/11, C. P. Bertha Lucía Ramírez de Páez)
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