¿Situación militar definida es requisito para participar en concurso de carrera diplomática y consular?
22 de Mayo de 2020
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Nota:
116426
El Ministro de Relaciones Exteriores solicitó un concepto sobre la situación militar como requisito para participar en un concurso público de méritos para ingresar a la carrera diplomática y consular. En tal sentido, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado precisó que no se debe exigir el requisito de tener definida la situación militar en la etapa de inscripción a la carrera diplomática y consular, tal como lo establece el artículo 20 del Decreto Ley 274 del 2000. Ello debido a que con la expedición de la Ley 1861 del 2017 quedó derogada parcialmente aquella disposición, pero solo respecto a la oportunidad o el momento en que debe ser validado el cumplimiento de dicho requisito. Sin embargo, dado que la definición de la situación militar es una obligación constitucional y legal que tienen los varones que hayan alcanzado la mayoría de edad y hasta que cumplan los 50 años, esta debe quedar definida en dos momentos posteriores a tal etapa: (i) antes de la posesión en el cargo de tercer secretario o su equivalente en la planta interna de la cartera indicada y (ii) dentro de los 18 meses siguientes a la vinculación. En conclusión, aclaró que el hecho que una entidad pública o privada tenga prohibido exigirle al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo no significa que desaparezca la obligación para el ciudadano de tener definida la situación militar (C. P. Óscar Darío Amaya Navas).
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