Administrativo
Reo ausente no puede pedir responsabilidad del Estado por privación injusta de la libertad
Cuando quien pretende la reparación no se somete a las decisiones judiciales que ordenaron su retención, no se configura este título de imputación de responsabilidad estatal.07 de Diciembre de 2011
Quien se mantiene como reo ausente en un proceso penal no puede pedir la declaración de responsabilidad estatal por privación injusta de la libertad, pues esa conducta es, por sí misma, reprochable.
Así lo advirtió el Consejo de Estado, al resolver una apelación contra un fallo del Tribunal Administrativo del Tolima que negó la responsabilidad de la administración por las órdenes de captura proferidas contra un exalcalde de Casabianca (Tolima), vinculado a un proceso penal.
Según el Consejo, como quien pretendía la reparación no se sometió a las decisiones judiciales que ordenaron su retención, no se configuró el título de imputación de responsabilidad del Estado por privación injusta de la libertad.
El demandante también cuestionó a la administración de justicia por error jurisdiccional y defectuoso funcionamiento. Sin embargo, la Sección Tercera descartó que estas conductas se hubieran presentado.
En cuanto a la responsabilidad por error jurisdiccional, señaló que la providencia que ordenó la retención fue revocada, y frente al defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, indicó que no se probó que este se hubiera presentado en alguna etapa procesal.
(C. E., Secc. Tercera, Sent. 73001233100019980205501(20362), oct. 19/11, C. P. Jaime Orlando Santofimio)
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