Regla de homologación para acreditar experiencia no debería aplicarse para elegir Procurador General de la Nación
07 de Mayo de 2024
La Corte Constitucional admitió una demanda contra el parágrafo del artículo 2 de la Ley 2039 del 2020, según el cual, sin distinción de edad, las personas que cuenten con doble titulación de programas de pregrado en una misma área del conocimiento podrán convalidar la experiencia obtenida en ejercicio de esas profesiones.
El demandante afirma que el alto tribunal constitucional ha señalado que para cualquier cargo en el que se requieran las mismas calidades que los magistrados de altas cortes, como es el caso del Procurador General de la Nación, no es posible establecer reglas de homologación para satisfacer el requisito de experiencia de haber ejercido por 15 años la profesión de abogado, pues es necesario tener los criterios jurídicos suficientes para cumplir las funciones asignadas.
En ese sentido, afirmó, la regla de homologación contenida en el parágrafo demandado es contraria a las calidades exigidas en los artículos 232 y 280 de la Constitución Política para ser designado Procurador General de la Nación, por lo que es necesario declarar su constitucionalidad condicionada en el sentido que para esos cargos no es posible aplicarla.
De otra parte, por omisión legislativa relativa, se solicitó declarar la exequibilidad condicionada del artículo 3 del Decreto Ley 262 del 2000, en el sentido que quien sea nombrado procurador deberá acreditar las calidades exigidas para ser designado magistrado de las altas cortes.
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