Reconocimiento del daño emergente futuro no requiere que se haya configurado de antemano (8:00 a.m.)
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15 de Julio de 2014
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El daño emergente futuro incluye todos los emolumentos en que deba incurrir una persona después de la presentación de la demanda que busca restablecer su salud tras sufrir un daño en su corporalidad, incluyendo los tratamientos quirúrgicos necesarios para restaurar su figura, luego del acaecimiento de una desfiguración, recordó el Consejo de Estado. Su reconocimiento no requiere que se haya configurado de antemano, sino que exista certeza de su posterior producción. La corporación consideró que el tribunal de segunda instancia puso en peligro el derecho del actor de obtener una tutela judicial efectiva, pues sin percatarse de que este solicitó una obligación de hacer, probablemente porque no contaba con los recursos económicos suficientes, le exigió costear primero las cirugías requeridas para luego reclamar a la administración (C.P. Danilo Rojas Betancourth).
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