04 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Proyectos con capital privado ejecutados mediante APP deben contar con fondo para contingencias

28 de Junio de 2021

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Nota:
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Con el propósito de promover la inversión de capital privado en el desarrollo de obras de infraestructura en el país y fortalecer el marco jurídico para la ejecución de los proyectos de asociaciones público privadas (APP), el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda modificaron el Decreto 1082 del 2015, que rige esa forma de financiación. En la modificación se destaca que, en adelante, los proyectos que se presenten bajo este esquema deben concordar con los planes de desarrollo o instrumentos de planeación de las áreas donde se vayan a ejecutar “buscando su alineación con las prioridades nacionales y territoriales de infraestructura para lograr la satisfacción de las necesidades económicas y sociales de la comunidad”, se asegura en la norma. El decreto propone crear un fondo con cargo a la explotación económica de la infraestructura para garantizar la culminación de las obras y su posterior uso, con el fin de contar con liquidez a la hora de atender las contingencias que puedan presentarse por problemas geológicos, derrumbes, entre otros. Lo anterior se establece porque en la actualidad cuando se presentan riesgos en el desarrollo de los proyectos se procede a mitigar la situación por medio de modificaciones al contrato, con un alto impacto social, cambios que no son precisamente los más eficientes. La otra opción que se utiliza es la terminación anticipada del proyecto.

 

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