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Precisan prohibición a servidores públicos de prestar asesoría dentro del año siguiente a su desvinculación (8:50 a.m.)

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21 de Febrero de 2018

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La prohibición prevista en el numeral 22 del artículo 35 de la Ley 734 del 2002 va encaminada a evitar que un servidor público que tuvo conocimiento de determinados asuntos en razón de su vinculación a una entidad pública una vez se desvincule preste su asesoría en los temas de su conocimiento sobre dicha entidad dentro del año siguiente a su desvinculación. Así mismo, indicó la Contraloría General de la República, no es posible que el desvinculado dentro de ese mismo periodo, mediante la prestación de servicios, brinde asesoría a quienes conforme a la ley estén sujetos a inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad, corporación u organismo al cual pertenecía. En todo caso, aclaró, es necesario analizar cada caso particular para establecer si está incurso en alguna de las causales expresamente consignadas en el ordenamiento jurídico.

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