08 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Por doble militancia, declaran nula elección del alcalde de Sitionuevo (Magdalena) 2024-2027

08 de Noviembre de 2024

Reproducir
Nota:
212806
Imagen
derecho-justicia-malletebigstock8.jpg

Por considerar que incurrió en la prohibición de doble militancia bajo la modalidad de apoyo, el Consejo de Estado revocó el fallo mediante el cual el Tribunal Administrativo del Magdalena negó las pretensiones de la demanda y, en su lugar, declaró la nulidad del acto de elección de Alfredo Antonio Navarro Manga como alcalde de Sitionuevo (Magdalena) para el período 2024-2027.

El demandante aportó videos y fotografías que, a su juicio, evidenciaban que durante la campaña para las elecciones territoriales del año 2023 el demandado había brindado su respaldo al señor Harold Gutiérrez Parejo, candidato al concejo municipal por el partido Centro Democrático, a pesar de que el partido Demócrata Colombiano, colectividad a la que pertenecía, tenía su propia lista de candidatos a esa corporación.

La Sección Quinta aclaró que, aunque los enlaces a la red social Facebook remitidos por la demandante ya no funcionaban en la actualidad, los videos aportados debían ser analizados bajo las reglas generales previstas para los documentos en el artículo 244 del Código General del Proceso, por lo que no existía justificación para omitir su valoración. Además, el dictamen pericial solo cuestionó aspectos sobre cadena de custodia o conservación, pero nunca fueron tachados de falsos.

Así las cosas, al analizar el material probatorio, el alto tribunal concluyó que Navarro Manga sí realizó expresiones de apoyo hacia el candidato mencionado. En un evento público del 27 de agosto del 2023, el demandado pidió a la comunidad respaldar las aspiraciones de aquel indicando de forma expresa e inequívoca el partido al que pertenecía y número de tarjeta electoral, manifestaciones que no correspondían a un simple mensaje de cordialidad y afecto.

Se configuraron los elementos de la prohibición de doble militancia establecida en los artículos 107 de la Constitución Política y 2 de la Ley 1475 del 2011, por lo que revocó el fallo apelado y, en su lugar, declaró la nulidad del acto de elección del señor Alfredo Antonio Navarro Manga como alcalde de Sitionuevo (Magdalena) para el período 2024-2027 (M.P. Omar Joaquín Barreto Suárez).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)