Nulidad de la autorización dada a Adpostal para participar en una nueva entidad no afecta la existencia de la sociedad constituida (11:38 a.m.)
17 de Junio de 2011
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Nota:
74174
La nulidad del Decreto 3525 del 2004, por el cual se autorizó al Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión) y a la Administración Postal Nacional (Adpostal) para que participaran en una nueva entidad encargada de la programación, producción y operación de la red de radio y televisión pública, declarada por el Consejo de Estado, en sentencia del pasado 27 de enero, no afecta la existencia de la sociedad constituida, sino que es un vicio fuente de nulidad relativa que afecta únicamente la relación jurídica del socio en quien concurre la causal, sin que por ello se pueda alegar la nulidad del contrato social, el cual sigue siendo oponible frente a terceros y dando sustento a la persona jurídica. De acuerdo con el fallo, el objeto de la nueva entidad no es afín a la prestación y explotación económica de los servicios postales. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en concepto de mayo.
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