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Administrativo


Nulidad de actos administrativos generales cobija situaciones no consolidadas

Cuando la demanda del acto que creó, modificó o extinguió la situación particular está pendiente de ser resuelta en el proceso, el fallo de nulidad surtirá efectos inmediatos.
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28 de Agosto de 2014

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Las sentencias que declaran la nulidad de los actos normativos de la administración tienen efectos en situaciones jurídicas no consolidadas, reiteró la Sección Cuarta del Consejo de Estado.

 

Así, cuando la demanda del acto que creó, modificó o extinguió la situación particular está pendiente de ser resuelta en el proceso, el fallo de nulidad surtirá efectos inmediatos, ya que el juez debe resolver el litigio sin tener en cuenta la disposición anulada, explicó.

 

En el caso estudiado, la corporación aplicó a las resoluciones demandadas los efectos de dos providencias que anularon algunos artículos de unas ordenanzas, pues estas fueron el fundamento jurídico de esos actos administrativos.

 

(Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 08001233100020100008901 (19855), ago. 6/14, C. P. Hugo Bastidas)

 

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