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Actualizado hace 15 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


No es posible exigir paz y salvo al empleado público que se retira de su cargo

09 de Agosto de 2023

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Al momento de retirarse de una entidad pública no se requiere la expedición de paz y salvo. Sin embargo, es procedente que el empleado haga la entrega de su puesto de trabajo y de todos los bienes y valores que le fueron encomendados para el buen funcionamiento de su labor conforme al reglamento que para la entrega de inventarios haya establecido la entidad

 

Por lo tanto, señaló el Departamento Administrativo de la Función Pública, si bien la normativa no establece la exigencia de paz y salvo para el retiro del empleado, sí es necesario cumplir los lineamientos que internamente disponga la entidad, en ejercicio de su autonomía administrativa, para efectos de garantizar que se cumplan los deberes de los servidores públicos, dentro de los cuales tampoco puede establecer la exigencia de paz y salvo.

La Ley 594 del 2000 define la entrega del puesto de trabajo como una responsabilidad especial del servidor público que al desvincularse de las funciones titulares debe entregar los documentos y archivos a su cargo debidamente inventariados, conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya lugar en caso de irregularidades.

Ahora bien, dentro de los deberes del servidor público, la Ley 1952 del 2019 dispone, entre otros, custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, así como impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos.

Así mismo, le corresponde vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados, y responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización.

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