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Niegan nulidad de elección de la gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz Vargas

Las manifestaciones que realizó la mandataria no se dieron en acto público proselitista dirigido al electorado.
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09 de Agosto de 2024

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El Consejo de Estado negó una demanda de nulidad contra el acto de elección de la gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz Vargas, periodo 2024 – 2027, según la cual la mandataria habría incurrido en doble militancia al apoyar la campaña a la Asamblea Departamental del Tolima de un candidato del partido Cambio Radical, a pesar de que el partido que la avaló (Conservador) inscribió lista para dicha corporación.

De las pruebas allegadas, la Sección Quinta determinó que las manifestaciones que realizó la demandada ocurrieron en un evento privado, organizado con la intención de apoyarla, teniendo en cuenta que era la candidata única por la coalición de la que formaban parte, además del Partido Conservador, el partido Cambio Radical, mas no en un acto público proselitista dirigido al electorado. Además, según video sobre dicha reunión, no fue difundido en sus redes sociales.

Adicionalmente, indicó la corporación, se demostró sobre las demás pruebas valoradas que algunos eventos se produjeron antes de la inscripción de la candidatura de la cuestionada, es decir, previo al inicio de la campaña electoral, lo que impide que se configure la doble militancia.

Según los demandantes, la gobernadora colaboró con la campaña de un candidato a la alcaldía de Anzoátegui. Sin embargo, se demostró que la demandada se limitó a invitar a la comunidad para que asistieran a una reunión en la cual compartirían sus propuestas de campaña, sin que se evidenciaran actos positivos de apoyo. La magistrada Gloria María Gómez Montoya salvó su voto (M.P. Pedro Pablo Vanegas Gil).

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