Modifican condena al Estado en caso de pérdida de visibilidad de predios (9:44 a.m.)
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23 de Marzo de 2018
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La Sección Tercera del Consejo de Estado decidió nuevamente el asunto con el radicado de la referencia, en razón a que en fallo del 25 de enero del 2018 la Sección Quinta decidió amparar el derecho fundamental al debido proceso de los demandantes y dejar sin efecto el numeral segundo de la providencia anterior. En ese sentido, en la nueva sentencia se acreditó que el desarrollo de la obra denominada “intercambiador de la puerta del sol” conllevó en los predios de propiedad de los demandantes una pérdida de visibilidad que configura un daño antijurídico, reparable a título de daño especial, toda vez que con la ejecución y puesta en funcionamiento de la obra la comunidad de Bucaramanga se vio ampliamente beneficiada, mientras los demandantes vieron sacrificados aspectos que afectan su derecho a la propiedad y libertad de empresa. Conozca el caso completo y las determinaciones de la alta corporación en el documento adjunto (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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