Explican procedimiento de intervención en una caja de compensación para ser liquidada (10:33 a.m.)
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12 de Marzo de 2018
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Un fallo proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado concluye que las competencias atribuidas a la superintendencia para sancionar a las entidades o a sus directivos, como adoptar medidas cautelares para lograr el correcto funcionamiento de las cajas e intervenirlas administrativamente para liquidarlas, son potestades autónomas de dicha autoridad que se ejercen con finalidades específicas. Frente al procedimiento de intervención de una caja de compensación para ser liquidada, el alto tribunal explicó cómo se debe adelantar el trámite de las visitas ordinarias y especiales en ejercicio del control de la actividad social, así como el procedimiento que se debe surtir para ordenar su liquidación. La decisión de segunda instancia se tomó en ejercicio de la competencia asignada por el numeral 1º del Acuerdo 357 del 2017, suscrito entre las secciones Primera y Quinta (C. P. Rocío Araújo Oñate).
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