Explican los principios y reglas de interpretación de los contratos (7:47 a.m.)
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22 de Octubre de 2018
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Al conocer de una acción de repetición directa, fundada en una presunta omisión administrativa, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que del contenido de los artículos 1618 a 1624 del Código Civil emergen los principios y reglas aplicables en materia de interpretación de los contratos. Según la doctrina especializada, son dos los principios rectores que se desprenden de tales disposiciones, esto es: (i) la búsqueda de la común intención de las partes (communis intentio o voluntas spectanda) y (ii) la buena fe contractual. Las reglas, por su parte, son las siguientes: (i) la especificidad; (ii) la interpretación efectiva, útil o conservatoria; (iii) la interpretación naturalista o fundada en la naturaleza del contrato y de la interpretación usual; (iv) la interpretación contextual, extensiva y auténtica; (v) la interpretación incluyente o explicativa y, finalmente, (vi) la interpretación de cláusulas ambiguas en favor del deudor y en contra del estipulante o predisponente (C. P. María Adriana Marín).
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