Estos son los documentos que constituyen el título ejecutivo frente al asegurador garante (7:00 a.m.)
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07 de Febrero de 2018
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La Sección Tercera del Consejo de Estado, en virtud del estudio del artículo 99 del CPACA, indicó que resulta claro que prestan mérito ejecutivo los contratos y sus garantías, así como los actos administrativos que impongan la obligación de pagar una suma de dinero. En la misma línea, y frente al asegurador garante, dijo que el mérito ejecutivo resulta de la póliza de seguro y de los correspondientes actos administrativos, documentos estos que en su conjunto integran el título ejecutivo contra él. En palabras de la Sala, “los actos porque son los que contienen la obligación de pagar una suma líquida de dinero a cargo del contratista que es su asegurado y, así mimo, la póliza de seguro es donde consta su posición de garante de las obligaciones del contratista, que es su asegurado, así como los términos y extensión de su garantía”. Luego, concluye el fallo, son estos documentos y no otros los que en esos casos configuran el título ejecutivo (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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