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Establecen obligaciones de entes territoriales para el cumplimiento de la Ley Antitabaco (8:00 a.m.)

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25 de Julio de 2011

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Con motivo de la reciente entrada en vigencia de varias disposiciones de la Ley Antitabaco (Ley 1335/09), entre ellas, la prohibición de la publicidad de productos de tabaco y la venta al menudeo de cigarrillos, el Ministerio de la Protección Social acaba de establecer una serie de obligaciones a cargo de las entidades territoriales, con el propósito de proteger la salud de la población, especialmente los menores de edad. La Circular 41 del 2011 ordena realizar operativos para eliminar cualquier elemento de publicidad, promoción o patrocinio de dichos productos y sancionar a quienes vendan cigarrillos por unidad o fabriquen o comercialicen cajetillas con menos de 10 unidades. Las direcciones departamentales y distritales de salud deberán presentar un informe semestral sobre las actividades realizadas para cumplir la Ley 1335, agrega la directriz.

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