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En la acción de reintegro el juez solo puede calificar la existencia del fuero y el cumplimiento de la ritualidad del permiso (2:38 p.m.)

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04 de Enero de 2010

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La acción de reintegro es un mecanismo de protección especial en el cual no es dable que el juez califique la causa del despido ni la viabilidad del reintegro, sino la existencia del fuero y el cumplimiento de la ritualidad del permiso. Así lo recordó la Corte Constitucional al conocer la acción de tutela contra las decisiones de la Sala Laboral y Penal de la Corte Suprema de Justicia en las que confirmaron la decisión de negar el reintegro de una persona que fue despedida sin el levantamiento de su fuero sindical. Según la corporación, se incurrió en defecto procedimental y sustancial, pues el juez de conocimiento encaminó la acción a determinar si la subdirectiva seccional del sindicato se había constituido con el cumplimiento de los requisitos exigidos legalmente y no a verificar si el demandado estaba obligado a solicitar permiso para despedir al trabajador y si en efecto lo hizo. A su juicio, esas calificaciones son propias del proceso de levantamiento del fuero sindical o de un proceso contencioso administrativo (M. P. María Victoria Calle Correa).

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