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Administrativo


ELN buscaba amedrentar a población de Teorama, Norte de Santander: Consejo de Estado

En el fallo, el alto tribunal comparó el homicidio de un comerciante con los métodos de fusilamiento que la corona practicaba contra los criollos en el siglo XVIII.
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08 de Abril de 2014

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El Consejo de Estado le pidió a la Fiscalía General de la Nación que verifique si hay lugar a continuar la investigación penal contra los responsables del homicidio de un comerciante ocurrido el 6 de octubre de 1997 en Teorema (Norte de Santander), a manos del ELN.

 

En el fallo, el alto tribunal comparó este homicidio con los métodos de fusilamiento que la corona practicaba contra los criollos en el siglo XVIII y con el holocausto nazi. A su juicio, el objetivo de los guerrilleros era amedrentar a la población y poner de presente su capacidad para ejercer el control social en la comunidad.

 

“Se evidencia que la actuación de los insurgentes no buscaba simplemente ajusticiar al urbano o rural, sino que iba dirigida a amedrentar a la población civil, a afectar sus condiciones de vida y a ejercer una suerte de control sobre la sociedad de Teorama, bajo prácticas manifiestamente reprochables que sumen a la colectividad en una época aparentemente superada”, subrayó.

 

La corporación exhortó al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional a verificar que en la actuación penal que se haya adelantado por este delito se estén atendiendo los principios de verdad, justicia y reparación contenidos en el artículo 16 de la Ley 446 de 1998 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Además, el Estado deberá comprobar si la familia puede recibir los beneficios de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras (Ley 1448 del 2011), ante a la necesidad de restablecer el núcleo familiar de los actores, que se vio afectado por estos hechos.

 

Finalmente, sostuvo que si bien el daño fue originado por un tercero y los responsables son guerrilleros del ELN, a administración, “que deliberadamente incumplió sus deberes de seguridad y vigilancia que le corresponde prestar en todo el territorio colombiano sin lugar a discriminación de ningún tipo”, también está llamada a responder, de manera solidaria.

 

(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 54001233100019990097301 (29129), M. P. Orlando Santofimio)

 

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