Descargue el histórico fallo del Tribunal de Cundinamarca contra Odebrecht y socios
14 de Diciembre de 2018
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en una sentencia que podría calificarse como histórica en materia de indemnizaciones a favor del Estado por corrupción, resolviendo una acción popular promovida por la Procuraduría, ordenó la suspensión definitiva del proyecto Ruta del Sol II, así como de sus modificaciones y adiciones.
Esta acción se interpuso a comienzos del año pasado, cuando el procurador Fernando Carrillo pidió suspender esta concesión, luego de conocerse el pago de sobornos para su adjudicación, hechos que posteriormente fueron reconocidos por el exviceministro Gabriel García y varios directivos Odebrecht.
En este enlace puede descargar el importante precedente judicial en la materia, el cual contiene 366 páginas y contó con la ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso, allí conocerá las 18 órdenes de la parte resolutiva. (Lea: Corte Suprema elige a Leonardo Espinoza como fiscal ´ad hoc´ en caso Odebrecht)
La providencia, teniendo en cuenta jurisprudencia del Consejo de Estado, enfatizó que la corrupción es una de las principales amenazas contra los Estados, toda vez que vulnera los cimientos sobre los cuales se estructura la democracia, genera graves alteraciones al sistema político democrático, a la economía y a los principios constitucionales de la función pública.
Igualmente, agrega, reduce la confianza de los ciudadanos, afecta la legitimidad de las decisiones del gobierno y su funcionamiento, ocasionando apatía y desconcierto en la comunidad en general, lo que se traduce en un daño contra al Estado.
Los responsables de actos de corrupción que dieron lugar a la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, a la defensa del patrimonio público, el acceso eficiente y oportuno a los servicios públicos son las siguientes personas jurídicas y naturales:
- Sociedad Concesionaria Ruta del sol.
- Constructoras de Odebrecht.
- Estudios y Proyectos del Sol (Episol) (filial de Corficolombiana, firma del Grupo Aval).
- Agencia Nacional de Infraestructura, por omisión de sus funciones de vigilancia.
- Gabriel Ignacio Morales, José Elías Melo, Otto Bula, Luis Antonio Bueno, Luiz Antonio Mameri y Luiz Eduado Da Rocha.
De ahí que declaró solidariamente responsables a dichas personas por más de $ 800 mil millones, y a una inhabilidad por 10 años para proponer y celebrar contratos con entidades públicas colombianas y ejercer cargos públicos.
Esta cifra equivale a cerca de US $ 260 millones, monto que supera algo más de 22 veces los US $11 millones que inicialmente ofreció la multinacional para recibir beneficios en sus procesos penales, disciplinarios y fiscales en Colombia y para seguir contratando.
El tribunal llegó a este monto a partir de un análisis de los perjuicios económicos provocados, como lo fueron los sobornos pagados y que el Estado se vio obligado a estructurar un nuevo proyecto. Vale la pena decir que esta suma podrá ser cobrada a cualquiera de las personas mencionadas, bajo el carácter ejecutivo de la decisión judicial.
Por otro lado, se ordenó a la Superintendencia de Industria y Comercio que adelante la investigación correspondiente por violación de prácticas restrictivas de la competencia en relación con los actos irregulares que dieron lugar a la suscripción de este contrato de concesión.
También se levantaron las medidas cautelares, con excepción a los embargos, que mantendrá “hasta tanto se verifique el pago de las condenas impuestas y se harán efectivas en relación con las cuentas bancarias, bienes inmuebles y dividendos de todos los implicados” en este escándalo de corrupción, el cual, incluso, hizo que se nombrara esta semana un fiscal ad hoc, para que investigara sus responsabilidades penales.
Se debe finalizar diciendo que el procurador Carrillo, promotor de la acción judicial, señaló que espera la decisión de cierre para pronunciarse detalladamente al respecto, en razón al anuncio de Episol de acudir al Consejo de Estado. (Lea: ¿Puede una entidad estatal declarar el siniestro de incumplimiento contractual a otra entidad estatal?)
Sin embargo, adelantó que este fallo “es icónico en la lucha contra la corrupción y demuestra que las sanciones para este fenómeno pueden ir más allá del Derecho Penal, tocando severamente el bolsillo de quienes cometen estos actos ilícitos".
Reacciones
Estas son algunas de las reacciones más importantes en relación con este nuevo capítulo del caso que se sigue en contra esta multinacional brasilera y de sus socios inversionistas y políticos:
Histórico fallo: Tribunal de Cundinamarca acoge petición del Procurador @fcarrilloflorez y ordena una indemnización de más de $800.000 millones por corrupción de #Odebrecht
— Procuraduría Colombia (@PGN_COL) December 14, 2018
? | https://t.co/EDyuEGVKw8 pic.twitter.com/NCdA1Zq3WO
OTRA GRAN NOTICIA. Sentencia proferida por Tribunal Administrativo de Cundinamarca en acción popular promovida por la @PGN_COL se inhabilitó por 10 años a @OdebrechtCol @episol (Grupo Aval) para contratar con el Estado y directivos como José Elias Melo ex @corficolombiana pic.twitter.com/6C4g0V0HEU
— Pablo Felipe Robledo (@Pfrobledo) December 14, 2018
Fallo del Tribunal de Cundinamarca no fue contra Odebrecht
— Jorge Robledo (@JERobledo) December 14, 2018
Fue contra el Consorcio Ruta del Sol 2, es decir, contra los 3 socios socios: Odebrecht-Episol Corficolombiana-Grupo Solarte
Seguir hablando de la corrupción de Odebrecht falsea la realidad.
Tomar la verdad de los hechos
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