Decretos reglamentarios únicosModifican decreto único del sector Vivienda en lo relacionado con accesibilidad a edificaciones (8:00 a.m.)
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10 de Septiembre de 2015
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El Ministerio de Vivienda modificó el artículo 2.2.3.4.2.2 del Decreto 1077 del 2015, único reglamentario del sector, con el fin de garantizar la accesibilidad a las personas con movilidad reducida, en los casos en que por las condiciones topográficas del terreno existan en el proyecto urbanístico vías peatonales con inclinación igual o superior al 18 %. En dicho caso, por ejemplo, se deberá asegurar el acceso a las viviendas destinadas a cumplir con el porcentaje que señala el parágrafo 2º del artículo 29 de la Ley 546 de 1999, subrogado por parágrafo 3º del artículo 1° la Ley 1114 del 2006. Cuando se trate de un conjunto residencial de una o varias edificaciones, las rutas peatonales deberán cumplir las condiciones establecidas a fin que se asegure la conexión de la vía pública con los salones comunales y las zonas comunes destinadas a la recreación y deporte del conjunto o agrupación.
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