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Decreto reglamentario no puede fijar excepción sin autorización legal (10:19 a. m.)

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21 de Mayo de 2015

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La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la nulidad del literal e) del artículo 18 del Decreto 3512 del 2003, que exceptuó a todos los procesos contractuales de cuantía inferior a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes del cumplimiento de las normas del entonces llamado Sistema de Información para la Contratación Estatal (Sice). Cabe aclarar que aunque el Sice fue remplazado por el Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop) y la norma demandada perdió vigencia, la corporación estudió su legalidad. De ese modo, indicó que si bien la exclusión realizada por la disposición acusada era temporal, también debió ser autorizada expresamente por ley, con un término específico, pero como no fue así, el acto está por fuera de la facultad reglamentaria del Presidente de la República. Además, la norma no ofrece correspondencia entre medios y fines, añadió el alto tribunal (C. P. Stella Conto).

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