23 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Declaran nula personería jurídica del partido Nueva Fuerza Democrática

23 de Septiembre de 2024

Reproducir
Nota:
206056
Imagen
abogado-firma-mallete(big).jpg

El Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 1549 del 2023, por la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció la personería jurídica del partido político Nueva Fuerza Democrática (NFD), al considerar infringidos los artículos 108 de la Constitución Política, 3 de la Ley 130 de 1994 y 3 de la Ley 1475 del 2011, además de configurarse falsa motivación.

Según el alto tribunal, la autoridad electoral malinterpretó los efectos inter comunis dispuestos en la Sentencia SU-257 del 2021 de la Corte Constitucional, en la cual se unificaron criterios de reconocimiento y pérdida de personería jurídica de los partidos, sin que dichos lineamientos se ajustaran a la situación padecida por la agrupación política bajo análisis. (Lea: En fallo sobre Nuevo Liberalismo, unifican criterios de reconocimiento y pérdida de personería jurídica de los partidos)

De acuerdo con el material probatorio, el CNE dio por demostradas situaciones de violencia que en realidad no tuvieron una relación de causalidad directa y efectiva con el derecho fundamental de participación de sus militantes, seguidores y directivos, pues se produjo en un contexto no relacionado con la violencia sistemática, grave e insuperable que sufrió el partido Nuevo Liberalismo, circunstancias a las cuales se refirió la sentencia de unificación.

El acto acusado no tiene relación ni valoración probatoria concordante entre lo dispuesto por el alto tribunal constitucional y la situación de hecho indicada por los integrantes del partido NFD. En ese sentido, restituirse la personería jurídica con fundamento en la supuesta similitud de lo ocurrido con ambos partidos refleja la expedición del acto demandado con falsa motivación.

En todo caso, la Sección Quinta moduló los efectos del fallo en el sentido de que los mismos se deben dar hacia el futuro, en consideración a que en vigencia del reconocimiento el partido Nueva Fuerza Democrática ejerció varios derechos, entre ellos avalar candidatos a las elecciones territoriales del 29 de octubre del 2023, por lo que se respetan los principios de confianza legítima y buena fe de los elegidos (M. P. Luis Alberto Álvarez Parra).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)