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Declaración juramentada ante notario no puede ser valorada si no es ratificada en el proceso contencioso (1:53 p.m.)

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13 de Diciembre de 2013

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Respecto de una declaración juramentada ante notario, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que no puede ser valorada si no es ratificada en el proceso contencioso. A su juicio, el medio de prueba idóneo es el testimonio, el cual debe ser rendido ante el juez de la causa con el cumplimiento de los requisitos y formalidades establecidos por la ley para esta prueba; además, indicó que en las mismas declaraciones consta que son con fines “extraprocesales” (artículo 299 del Código de Procedimiento Civil) (C. P. Hernán Andrade Rincón).

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