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Administrativo


Consejo de Estado revoca suspensión de concurso para elegir a jueces y magistrados

La decisión también revoca la medida cautelar que impidió practicar las pruebas sicotécnicas y de conocimiento programadas para el pasado 4 de mayo.
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20 de Agosto de 2014

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El Consejo de Estado levantó la suspensión provisional del concurso para elegir 24 jueces y magistrados, que había convocado el Consejo Superior de la Judicatura mediante el Acuerdo PSAA 139939 del 2013.

 

La decisión también revoca la medida cautelar que impidió practicar las pruebas sicotécnicas y de conocimiento que la Sala Administrativa había programado para el pasado 4 de mayo.

 

De esta manera, el alto tribunal le devolvió efectos jurídicos a la expresión “solo se permitirá la inscripción de un (1) cargo”, contenida en el artículo 2º del acuerdo.

 

Contrario a lo precisado en providencia del pasado 30 de abril, la corporación sostuvo que la entidad demandada respondió a su deber de administrar la carrera judicial y reglamentar el acceso a la administración de justicia.

 

A su juicio, el acto cuestionado no invade las competencias del legislador estatutario, pues no limita ni restringe el derecho de acceso a la función pública, como lo había concluido el auto objeto de súplica.

 

“Refuerza esta apreciación el contenido del artículo 165 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, que al momento de señalar las reglas de conformación del registro de elegibles, en el parágrafo, señala: ‘En cada caso de conformidad con el reglamento, los aspirantes, en cualquier momento podrán manifestar las sedes territoriales de su interés’”, subrayó.

 

Según la nueva providencia, aunque la lectura aislada del texto atacado pude dar a entender que se trata de un único cargo en concurso, en realidad se trata de varios, pero de una única área o especialidad. Tan es así, dice, que se enumera una multiplicidad de plazas, en las que se cuentan desde la magistratura en los tribunales hasta la titularidad de los juzgados de pequeñas causas.

 

Así las cosas, “no resulta razonable que para no quebrantar el derecho fundamental de acceso a funciones públicas se permita la inscripción en cargos de todas las denominaciones”, concluyó la corporación.

 

(Consejo de Estado, Sección Segunda, Noticia (Auto 11001032500020130152400), ago. 19/14, C. P. Alfonso Vargas)

 

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