Administrativo
Conozca la acción procedente según el origen del daño en materia administrativa
Para acceder al trámite de una demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa es necesario que se escoja la vía procesal adecuada, para que prosperen las pretensiones.
22 de Febrero de 2017
El Consejo de Estado, al resolver un recurso de apelación, explicó las acciones previstas en el Código de Contencioso Administrativo (CCA) que evidencian el paulatino control que al juez administrativo se le ha otorgado sobre las actuaciones de la administración. (Lea: Todo sobre las medidas cautelares en el CPACA)
Ello toda vez que después de la instauración de la primigenia acción de nulidad y para el control de los actos de contenido general se integraron las acciones apropiadas, como la de plena jurisdicción, contratos e indemnización por trabajos públicos, las cuales resuelven todas las controversias frente a las actuaciones de la administración.
En virtud de ello, precisó que para acceder al trámite de una demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo es necesario que el demandante escoja la vía procesal adecuada para buscar que prosperen sus pretensiones y advirtió que esta selección depende de la causa generadora o fuente del daño cuyo restablecimiento se pretende. (Lea: ¿Genera nulidad publicación extemporánea de actos administrativos de carácter general?)
Lo precedente implica que las solicitudes solo pueden resolverse de fondo si se accedió a la jurisdicción mediante la acción pertinente, dado que el adecuado ejercicio de las vías procesales es un requisito sustancial indispensable para que se pueda analizar de fondo un determinado caso.
Tipos de acciones según origen del daño
Nulidad y restablecimiento del derecho
Cuando el detrimento cuyo restablecimiento se pretende tiene su causa en un acto administrativo esta es la acción procedente, de conformidad con el artículo 85 del CCA (Decreto 1 de 1984).
Acción de reparación directa
Resulta procedente esta institución cuando el daño proviene de un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de un inmueble por causa de trabajos públicos o por cualquier otra causa, según el artículo 86 del CCA. (Lea: Estándar probatorio penal para acreditar violencia sexual también aplica en procesos de reparación directa)
Acción relativa a controversias contractuales
Este es el mecanismo procesal para obtener reparación cuando se trata de un perjuicio causado en el marco de una relación contractual, del incumplimiento de una obligación, o de una relación contractual existente entre el afectado y la entidad estatal, acorde con el artículo 87 del CCA. (Lea: Tutela es improcedente para resolver asuntos contractuales)
En conclusión, cuando se escoge una vía inadecuada para demandar el restablecimiento de su situación, o para perseguir la indemnización de perjuicios, procede el rechazo de la demanda si esta no se ha admitido, o la expedición de un fallo inhibitorio cuando el defecto sustantivo no ha sido evidenciado por el juez en una etapa anterior (C. P. Stella Conto Díaz).
Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 05001233100020060163801(37471), Ago. 29/16
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