Administrativo
Ciudadanos podrán solicitar ‘supervigilancia’ de Procuraduría a derechos de petición
La solicitud de seguimiento podrá ser diligenciada en el sitio web del Ministerio Público.
06 de Julio de 2015
La Procuraduría puso en funcionamiento un mecanismo a través del cual los ciudadanos podrán hacer uso de las facultades que adquirió el Ministerio Público para ejercer supervigilancia sobre los derechos de petición que no son atendidos dentro de los términos de ley.
A través de la página web de la entidad, el interesado podrá diligenciar su “solicitud de supervigilancia al derecho de petición”.
Se trata de un mecanismo de protección con el que cuentan los ciudadanos para que un grupo especial del Ministerio Público acuda a la defensa de sus intereses en casos en los cuales las entidades a las que se les solicita la información sobrepasen los límites legales.
Esto a propósito de la sanción presidencial de la Ley 1755 del 2015, en la que se consagra la reglamentación del derecho de petición.
El organismo de control seguirá disponiendo de un mecanismo alternativo, como la cuenta de correo electrónico vigilanciaderechodepeticion@procuraduria.gov.co, donde se podrán enviar comunicaciones en las que se ponga en evidencia la contestación extemporánea de las solicitudes que se formulen ante las entidades.
Para ello, se deberá enviar copia del requerimiento debidamente radicado, teniendo en cuenta que los términos de contestación legalmente previstos son de 15 días hábiles para peticiones de información, 10 para peticiones de documentos y 30 cuando se busca resolver consultas.
Procuraduría, Comunicado, Jul. 6/2015
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