Administrativo
Aprueban plan de choque para evacuar procesos en Sala Plena del Consejo de Estado
Aunque no se ha definido qué casos específicos se decidirán a través de este mecanismo, ya se tiene claro que no cobijará actuaciones a cargo de las salas especiales de decisión.
29 de Mayo de 2015
Los magistrados dieron el visto bueno a la propuesta de la Sala de Gobierno del Consejo de Estado para reducir el tiempo de evacuación de procesos a cargo de la Sala Plena, consistente en el registro del voto.
Esto implica que el día en el que se discutan los proyectos de fallo ya se conozca, de antemano, cuál es la posición de los magistrados frente a la ponencia, reduciendo el tiempo en el trámite de aprobación.
Para ese fin, se estableció un formato que deberá ser diligenciado por cada consejero, una vez repartido el respectivo proyecto.
Así, en la sala en la cual se produzca la decisión se sabrá, de manera inmediata, con cuántos votos de apoyo cuenta la providencia y si hay necesidad de cambio de ponente. La Sala acoge así una fórmula que siguen poderes jurisdiccionales de varios países y que desde hace un tiempo viene siendo implementada por la Sección Cuarta.
Aunque no se ha definido qué casos específicos se decidirán a través de este mecanismo, ya se tiene claro que no cobijará actuaciones a cargo de las salas especiales de decisión y que se tendrá en cuenta como alternativa para fallar los casos de más hondo calado.
Precisamente, el Consejo de Estado reformó el reglamento para agilizar sus funciones electorales. Ahora, quienes aspiren a ser elegidos magistrados del Consejo de Estado, o a ser nominados para aspirar a los cargos en los que se le encomienda una función electoral a la entidad, podrán ser elegidos con una votación menor a la que actualmente exige el reglamento.
A partir de la promulgación de la reforma, quienes obtengan el apoyo de, al menos, las dos terceras partes de los magistrados en funciones del Consejo de Estado podrán ser seleccionados.
Lo anterior en oposición a lo que actualmente impone el reglamento, que exige que esa misma proporción sea calculada a partir del número de magistraturas que la Constitución ha creado para el máximo tribunal de lo contencioso administrativo.
Esto significa que quien participe en una elección necesitaría el apoyo de las dos terceras partes de los 24 consejeros en funciones y no de las 31 plazas disponibles.
(Consejo de Estado Noticias, Noticia, 5/28/2015 )
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