Ante prescripción de la acción penal, parte civil debe demostrar pérdida de oportunidad de obtener indemnización (8:00 a.m.)
30 de Julio de 2019
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Nota:
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Cuando se demanda la existencia de un defectuoso funcionamiento de la administración de justicia porque la acción penal prescribió y para que el daño sea cierto la parte civil debe demostrar que perdió la oportunidad de ser reparada por los perjuicios ocasionados tras la comisión de un delito, precisó la Sección Tercera del Consejo de Estado. Sumado a ello, enfatizó que en estos casos se debe verificar el cumplimiento de tres requisitos, para demostrar el daño de “pérdida de oportunidad”, que son: (i) que la parte civil del proceso penal tenía la oportunidad de obtener la reparación patrimonial de los perjuicios que sufrió como consecuencia de una conducta delictiva, (ii) que la posibilidad de obtener tal reparación se extinguió definitivamente al declararse la prescripción de la acción penal y (iii) que los demandantes se encontraban en una situación “potencialmente apta” para obtener la indemnización de los perjuicios causados. Además de ello, en la providencia adjunta encontrará cuáles son los requisitos que debe verificar el juez correspondiente ante estos casos (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
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