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Al extenderse la prima técnica a la planta transitoria de empleos de la Contraloría se incurrió en el vicio de falta competencia: Sección Segunda (9:00 a.m.)

54004

24 de Febrero de 2017

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Al extender a la planta transitoria de empleos la prima técnica, contenida en el Decreto 1336 de 2003, la excontralora Sandra Morelli Rico amplió el ámbito de aplicación de dicho beneficio y, con ello, realizó una actuación que no le correspondía, pues la potestad de establecer los requisitos mínimos para acceder a ella está en cabeza del Gobierno Nacional, en virtud de lo previsto en el numeral 19 del artículo 150 de la Constitución Política de 1991. Así lo concluyó un fallo reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del consejero William Hernández, luego de establecer que dicha situación incurrió en un vicio de falta de competencia que trajo como resultado la declaratoria de nulidad de la expresión “y Decreto 1336 del 2003 (régimen e prima técnica)”, contenida en el artículo 5° de la Resolución 0124 del 2011, que conforma una planta transitoria de empleos supernumerarios en este organismo de control (C. P. William Hernández).

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